CONGRESO DE LA REPÚBLICA lanza proyecto de Ley sobre indemnización por exposición laboral a un mal de salud considerable.
Escrito por : Carola Uribe, Líder en Consultoría Legal
El congreso de la Republica mediante Proyecto de Ley 6044/2020-CR, publicó el Proyecto de Ley sobre Indemnización por exposición laboral a un mal considerable ha visto por conveniente aceptar la iniciativa Legislativa de la Congresista MARÍA TERESA CABRERA VEGA, quien propone una modificación a la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, solicitando la incorporación del artículo 53-A
Artículo 1.- Incorporación del artículo 53-A de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo (Ley Nº 29783) Incorpórese el artículo 53-A.
Artículo 53-A.- Indemnización por exposición laboral que provoque un mal considerable En caso de que el empleador solicite exposición laboral al trabajador en circunstancias que provoquen un mal considerable o peligro manifiesto permanente o transitorio que signifique un perjuicio para el trabajador; el monto a indemnizar será fijado por la autoridad competente.
¿QUE MOTIVA ESTA INICIATIVA LEGISLATIVA?
Nos parece muy interesante y valedero, la preocupación de nuestros Legisladores, por el futuro de los Trabajadores Peruanos, que se ve expuesto a un riesgo, como el actual COVID-19; muchos trabajadores del ámbito Publico y Privado, por la naturaleza de su puesto se ven en la necesidad de asistir al centro de trabajo; por lo cual si la empresa o institución donde laboran, no ha cumplido con implantar o cumplir con las normas de Seguridad y Salud en el Trabajo, y adicionar los lineamientos Covid-19, existe de ya una exposición que puede afectar su salud.
¿CUAL ES EL OBJETO DE ESTE PROYECTO DE LEY?
Se lee de la exposición de motivos, que busca promover una cultura de prevención de riesgos laborales en el país; desarrollar ampliamente el rol de fiscalización y control del Estado y la participación de los trabajadores y sus organizaciones sindicales, para que de manera ordenada participen en los temas de Seguridad y Salud en el Trabajo, en la empresa.
Otro de los objetivos es la defensa jurídica del trabajador ante los riesgos sanitarios del futuro, que busca regular la indemnización por exposición laboral que induzca un mal considerable, que signifique un peligro sanitario que provoque un grave menoscabo de la persona, con las características de una enfermedad profesional u ocupacional, como supuestos en los que cabría la opción de indemnización si se demuestra la responsabilidad civil del empleador al exponer al trabajador a un daño inmediato o futuro.
Asimismo, ante cualquier tipo de mal considerable, que sea próximo en el tiempo, para ser calificado como enfermedad profesional; según la OIT esta es definida como “toda enfermedad contraída por la exposición a factores de riesgo que resulten de la actividad laboral”
Del análisis de este proyecto de Ley, también observamos que se busca prevenir los efectos en caso de futuras pandemias o enfermedades aun no conocidas; que podrían dejar una cobertura y desprotección al trabajador durante el lapso entre el estudio, procedimiento y reconocimiento correspondiente como enfermedad laboral a cualquier otro virus que genere una incidencia sanitaria de gravedad y por ende ser el presente artículo incorporado a favor de un respaldo a los servidores más desvalidos y expuestos al daño.
Creemos que esta propuesta legislativa, dará mucho que hablar y resulta de mucha importancia, en la búsqueda de mejoras en el Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo que se maneja en Perú, y como las empresas publicas e privadas; deben tomar con mayor prioridad la importancia de estos aspectos, en su Sistemas Internos.
En BIG BANG GROUP, estaremos encantados de absolver sus consultas sobre este tema y otros vinculados; LOS ESPERAMOS… ¡
(*)https://leyes.congreso.gob.pe/Documentos/2016_2021/Proyectos_de_Ley_y_de_Resoluciones_Legislativas/PL06044-20200821.pdf